LEY 36/2011, DE 10 DE OCTUBRE, REGULADORA DE LA JURISDICCION SOCIAL

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Área laboral
La nueva Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

La nueva Ley Reguladora de la Jurisdicción Social que entró en vigor el pasado día 11 de diciembre de 2011, cambia sustancialmente el ámbito del proceso social. Amplia sus competencias a todas las que puedan calificarse como “sociales”, incluyendo el control jurisdiccional de los actos administrativos singulares o plurales dictados sobre estas materias, asumiendo las hasta ahora atribuidas al conocimiento del orden civil y contencioso-administrativo.

 

Se constituye al orden social como el único competente para conocer de los litigios sobre prevención de riesgos laborales, se potencia la mediación y el arbitraje, y se introduce un nuevo proceso monitorio del orden social, en reclamaciones individuales frente a empresarios que no se encuentren en concurso referidas a cantidades vencidas, derivadas de la relación laboral, así como las que se interpongan contra entidades gestoras o colaboradoras que no excedan de 6.000 euros.