NOVEDADES FISCALES 2022
Novedades introducidas por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Impuesto sobre Sociedades
Tributación mínima
- La cuota líquida de los contribuyentes cuya cifra de negocios del año anterior supere los 20 millones, no podrá ser inferior al resultado de aplicar el 15% a la base imponible.
- Con carácter general la cuota íntegra no podrá ser negativa tras la aplicación de las bonificaciones y deducciones.
- Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas
- Se reduce del 85% al 40% la bonificación de la parte de cuota íntegra correspondiente al arrendamiento de viviendas.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Reducción del límite máximo de aportaciones a planes de pensiones de 2.000 a 1.500 euros.
- Elevación del límite por contribuciones empresariales de 8.500 euros, lo que permite que con las aportaciones del partícipe se llegue hasta 10.000 euros. Las aportaciones propias que el empresario individual realice a planes de pensiones de empleo o a mutualidades de previsión social, de los que, a su vez, sea promotor y partícipe o mutualista, así como las que realice a planes de previsión social empresarial o seguros colectivos de dependencia de los que, a su vez, sea tomador y asegurado, se considerarán como contribuciones empresariales, a efectos del cómputo de este límite. Además, 5.000 euros anuales para las primas a seguros colectivos de dependencia satisfechas por la empresa.
Impuesto sobre la Renta de no residentes
- Tributación mínima a las rentas obtenidas mediante establecimiento permanente
- La cuota líquida de los contribuyentes cuya cifra de negocios del año anterior supere los 20 millones, no podrá ser inferior al resultado de aplicar el 15% a la base imponible.
- Con carácter general la cuota íntegra no podrá ser negativa tras la aplicación de las bonificaciones y deducciones.
Novedades introducidas por la Ley 2/2021, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público
En el ámbito de los tributos cedidos a Catalunya las novedades para el ejercicio 2022 son:
- Modificación de las deducciones por nacimiento o adopción de un hijo
Se mantiene la deducción por nacimiento o adopción de hijo de 300 € en declaración conjunta o 150 a cada progenitor en declaración individual, y se incorpora una deducción de 300 € para el progenitor/a de familia monoparental.
- Modificación de la deducción por alquiler de la vivienda habitual
La deducción por alquiler de vivienda habitual de contribuyentes que pertenezcan a familia numerosa o monoparental será del 10% de las cantidades satisfechas con un máximo de 600 €
- Modificación de la escala autonómica del IRPF para el año 2022 en Catalunya
Base liquidable |
Cuota íntegra |
Resto base liquidable |
Tipo aplicable |
Hasta euros |
Euros |
Hasta euros |
Porcentaje |
0,00 |
0,00 |
12.450,00 |
10,50% |
12.450,00 |
1.307,25 |
5.257,20 |
12,00% |
17.707,20 |
1.938,11 |
3.292,80 |
14,00% |
21.000,00 |
2.399,10 |
12.007,20 |
15,00% |
33.007,20 |
4.200,18 |
20.400,00 |
18,80% |
53.407,20 |
8.035,38 |
36.592,80 |
21,50% |
90.000,00 |
15.902,83 |
30.000,00 |
23,50% |
120.000,00 |
22.952,83 |
55.000,00 |
24,50% |
175.000,00 |
36.427,83 |
En adelante |
25,50% |