CONSTITUCION DE SOCIEDADES LIMITADAS MÁS RAPIDA Y BARATA

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Área jurídica
Constitución de Sociedades Limitadas más rápida y barata

Con el Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizaciones para fomentar la inversión y la creación de empleo, surgen dos nuevas modalidades de sociedad limitada que permiten ser constituidas en el plazo de 7 horas o 3 días respectivamente, gracias al nuevo sistema telemático que permite agilizar el proceso, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.

 

1.-La modalidad  de la sociedad en 7 horas:

-       El capital social no podrá superar los 3.100€

-       La sociedad deberá tener unos estatutos sociales tipo, que son los aprobados por el Ministerio de Justicia. Estos estatutos no permiten modificación alguna.

-       La constitución se realiza por vía telemática

-       Los socios deberán ser personas físicas

-       El Órgano de Administración deberá constar o bien de un administrador único, dos administradores con facultades mancomunadas o varios administradores con facultades solidarias.

-       No permite la creación de un Consejo de Administración.

-       Los costes de Notaría y Registro Mercantil asciende aproximadamente a unos 250€.

2.- La modalidad de la sociedad en 3 días:

Esta modalidad es parecida a la de siete horas, pero con las siguientes diferencias:

-       El capital social no podrá superar los 30.000€

-       Los estatutos sociales permiten una mayor flexibilidad en su regulación, siempre y cuando los socios sean personas físicas y no permitan la creación de un Consejo de Administración.

-       Los costes de Notaría y Registro Mercantil ascienden aproximadamente a unos 450€.

La ventaja que ofrecen ambas es que en el plazo máximo de 24 horas, la nueva sociedad ya habrá obtenido el CIF provisional con el cual podrá comenzar a operar como tal.